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El caso del ex vicenconsejero de Salud y su, de momento aplazado, fichaje por una aseguradora privada ha actuado como detonante. La Consejería de Justicia está trabajando en una modificación la ley andaluza de incompatibilidades de altos cargos, que establece limitaciones muy laxas a los ... responsables de la Administración en el momento que dejan sus responsabilidades para pasarse a la actividad privada.
La norma actualmente en vigor fue aprobada en abril de 2005, durante el gobierno de Manuel Chaves, y modificada parcialmente en 2021, ya con Juanma Moreno en la presidencia de la Junta. Pero ahora, tanto el Partido Popular como el PSOE valoran que es insuficiente, según el propio caso del exviceconsejero puso en evidencia. Ambos grupos están trabajando en la elaboración de una nueva norma.
En una reciente comparecencia ante la comisión parlamentaria de Justicia, el consejero José Antonio Nieto, expuso cuáles son las carencias de la ley en vigor, que afecta a todos los niveles de la Administración autonómica desde el presidente de la Junta hasta todos los cargos de libre designación, pasando por los consejeros, miembros del gabinete de la Presidencia, delegados provinciales y hasta directores y responsables de agencias públicas.
La regulación de las actividades que pueden desarrollar quienes han ejercido algunas de estas funciones una vez que dejan de hacerlo se mueve en un estrecho margen. Por un lado, la necesaria garantía de que empresas del sector privado no se beneficien ilegítimamente de información a la que haya accedido o de actuaciones tomadas en el ejercicio de su función pública por quien deja el cargo en la Administración para pasarse al sector privado. Del otro, que la norma no sea tan estricta que limite la posibilidad del sector público de captar talento en el mundo de la empresa más allá de lo que ya lo hacen las limitaciones salariales y el nivel de exposición que supone ejercer un cargo de responsabilidad en el ámbito del Gobierno.
Uno de los mayores problemas que presenta la actual norma es económico. La ley fija un periodo de incompatibilidad de dos años para incorporarse al sector privado en lugares con vinculación a las funciones desarrolladas y establece para ello una asignación económica de un mes por año en la función pública, con un mínimo de tres meses y un máximo de 12. De esa forma, aun en el caso de que la persona afectada hubiese estado 12 años en el ejercicio de un alto cargo sólo cobraría un año de compensación y quedaría desprotegida durante los siguientes 12 meses, en los que tampoco puede incorporarse al sector privado en área de su conocimiento.
En su comparecencia parlamentaria, Nieto señaló que aunque está de acuerdo en equiparar la ley andaluza a la estatal, que fija una posición más clara sobre este asunto, eso obligaría a una mayor disposición presupuestaria. La alternativa a la actual situación, advirtió, es costosa.
El consejero invitó al resto de los grupos políticos a participar de la reforma de la ley, que en su opinión debería realizarse en dos direcciones. Por un lado, una modificación urgente a corto plazo que solucione las insuficiencias más flagrantes de la ley en vigor. Entre ellas, que la persona que abandona su responsabilidad en la Junta no está obligado a comunicar a dónde se marcha; que en el caso de lo haga, tampoco se dice a quién debería comunicárselo y también, que en el caso de que una empresa se vea implicada en un conflicto de intereses no está establecido cuáles serían las consecuencias que tendría que afrontar.
Estas cuestiones, en opinión del consejero, son urgentes, pero hay también otras que tampoco están establecidas en la ley actual y que en opinión del consejero habría que afrontar en la elaboración de una nueva norma cuyo proceso de aprobación hasta la entrada en vigor demandará entre un año y un año y medio de debate y tramitación.
Entra las cuestiones que se afrontarán figuran la elaboración de un catálogo de altos cargos y personas que estén asimiladas a los mismos, la regulación en el nombramiento y ejercicio de esos puestos y el establecimiento de los principios éticos y de conducta que deben servir para orientar el ejercicio de las funciones.
Asimismo, en la Consejería valoran que la actual ley no establece una regulación normativa de prevención e identificación de los conflictos de interés durante ejercicio el cargo y en consecuencia tampoco es aporta una regulación suficientemente clara del deber de abstención e inhibición.
Sin embargo, el problema no sólo puede aparecer en cuando el alto cargo deja su puesto en la Administración y se incorpora a la actividad privada, sino al ingresar al ámbito público cuando ha tomado parte en la dirección o administración de entidades que se verían afectadas en decisiones posteriores de su departamento. La actual ley no regula la obligación de abstenerse o inhibirse en esos casos, así como tampoco establece una suficiente concreción sobre las limitaciones al ejercicio de actividades posteriores al cese.
Asimismo, aunque la norma actual fija un periodo de dos años de incompatibilidad, no establece la obligación e tener que informar, durante los dos años siguientes al cese, de las actividades que vayan a realizar para que el Registro pueda informar sobre su compatibilidad.
La parlamentaria socialista Isabel Ambrosio rechaza que los cambios en la normativa sobre incompatibilidades de altos cargos se quede en «un apaño» tras el caso del exviceconsejero de Salud. Para el PSOE, existe necesidad en Andalucía de actualizar esta normativa tras lla modificación de 2021 que dejó la certificación de compatibilidad «en una mera declaración responsable de la empresa que recibe a ex cargos de la Junta». El modelo que defiende el PSOE es la ley nacional sobre incompatibilidades, entre otros motivos «por quién y cómo se deposita la responsabilidad de los informes».
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