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La Junta ha invocado al principio de que «quien contamina paga» en la fase final del juicio que se sigue en el Juzgado de Primera Instancia número once de Sevilla contra la compañía minera Boliden Apirsa sobre la reclamación de la Administración autonómica para recuperar ... los 89,8 millones de euros de los costes de restauración ambiental que tuvo que asumir en 1998 por la fractura de la balsa de residuos de metales pesados de la mina de Aznalcóllar.
Los abogados de la Junta apelaron a este principio de la política medioambiental de la Unión Europea de «quien contamina, paga, un principio inspirador del derecho comunitario» aplicable a este caso.
Los letrados del Gobierno andaluz resaltaron en sus conclusiones finales la necesaria actuación de la Administración andaluza ante «la negativa de Boliden a continuar asumiendo la retirada de los lodos contaminantes» y argumentaron que e «toda la normativa nacional o europea avala la acción» reclamatoria del Gobierno andaluz, además de haber quedado acreditadas «las cantidades» gastadas en la recuperación de los terrenos afectados.
Asimismo, los letrados de la Administración autonómica sostuvieron que las comparecencias testificales y periciales del juicio han puesto de relieve «la alarma social y económica» derivada de este catástrofe cuya gran extensión afectó a la cuenca del río Guadiamar y alcanzó el límite del parque nacional de Doñana. La rotura de la balsa provocó el vertido de unos cinco millones de metros cúbicos de lodos contaminantes que afectaron a más de 4.600 hectáreas.
La representación de la Junta expuso en el juicio que la Justicia ha declarado que «quien crea un riesgo, debe responder» y recordó que la multinacional ha cobrado «67 millones de las compañías aseguradoras».
La defensa de la Junta recurrió también a la legislación en materia de minería, en concreto el artículo 81 de la Ley de Minas, que determina que los titulares de los derechos de actividad minera tienen la obligación de responder de los daños que deriven de sus trabajos; sin que para ello sean precisos otros requisitos, como una conducta dolosa».
A todo ello añadieron que existe un decreto estatal que estipula con respecto a los titulares de los derechos de explotación minera «la obligación de reparar» los daños causados por su actividad, así como compensar los efectos de la misma en el medio ambiente.
La multinacional Boliden que explotaba la mina defendió, por su parte, su actuación ante el accidente y aseguró en el juicio que retiró «el 80 por ciento de los lodos» contaminantes, gastando en esas labores «casi 32 millones» y elevando hasta 115 millones la cuantía que tuvo afrontar derivada tanto de estos costes como de las pérdidas que le generó el siniestro.
En las conclusiones finales, el letrado de la compañía minera arguyó que las leyes vigente en aquel momento no le suponían «obligaciones» de recuperación medioambiental y que la reclamación de la Junta se trata de una «construcción inventiva».
El abogado de la explotación minera afirmó además que la empresa «colaboró de buena fe» en la limpieza del vertido, destacando que fruto del trabajo conjunto de la misma, la Junta de Andalucía y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) evitando que la catástrofe natural tuviese tuviera mayores consecuencias y dimensiones.
La defensa de Boliden explicó en la vista oral que «si realmente la empresa lo hizo tan mal, eso se habría traducido en un expediente sancionador por parte de la Junta de Andalucía y, sin embargo, no hubo ningún expediente por la gestión de la balsa».
Boliden puso de relieve que la Junta de Andalucía autorizó el recrecimiento de la balsa siniestrada, por lo que la empresa no se considera responsable de su rotura, esgrimiendo para ello una anterior sentencia de un juzgado de Sanlúcar la Mayor ratificada por la Audiencia de Sevilla que expresa que el funcionamiento de la mina de Aznalcóllar era adecuado.
Además, la defensa de Boliden rechaza el planteamiento de que la empresa «hizo mal» la mina, subrayando que «no hoy ni un solo documento de terceras partes que lo acredite». La firma minera asevera que cumplió con todos sus compromisos y rechaza así la reclamación de la Junta para recuperar los costes de restauración al considerar la demanda de la Junta una «construcción imaginativa».
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