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Francisco Gutiérrez
Lunes, 16 de noviembre 2020, 17:41
La Consejería de Educación y Deporte ha publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos por la que se efectúa convocatoria urgente a fin de cubrir posibles vacantes y sustituciones de diferentes especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, por el que se establece una medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-CoV-2.
Las siete especialidades objeto de la convocatoria, son exclusivamente algunas de las relacionadas con los puestos de apoyo Covid para ámbito sociolingüístico y ámbito científico-tecnológico: Filosofía, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Francés, Inglés, Tecnología e Informática.
Uno de los requisitos es estar en posesión del título que acredite la formación pedagógica y didáctica (el máster de profesorado). No obstante, para la cobertura de estas plazas temporales, si se agotaran las listas de personas aspirantes a interinidad y que estén en posesión del título oficial de posgrado que acredite la formación pedagógica y didáctica, o formación equivalente, se podrá nombrar con carácter excepcional, como funcionarios interinos para estas plazas originadas por la pandemia de la COVID-19, a aquellos aspirantes a las especialidades propuestas que no cumplan con el requisito del título oficial de formación pedagógica y didáctica de posgrado o equivalente. Este personal que no cumple con el requisito de formación pedagógica y didáctica de posgrado o equivalente irá ordenado en la lista por detrás de los que cumplan con el requisito de formación pedagógica y didáctica.
Las solicitudes se presentan de forma telemática entre del 17 al 23 noviembre en este enlace. En estos listados figurarán, en primer lugar, las personas aspirantes que posean el requisito de estar en posesión del título oficial de formación pedagógica y didáctica de posgrado o equivalente, siendo ordenados con arreglo a la nota media del expediente académico de la titulación exigida como requisito para el acceso. En segundo lugar, se incluirá al personal que no disponga del referido requisito de formación pedagógica y didáctica de postgrado o equivalente con el mismo régimen de ordenación.
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