La Fiscalía apoya revisar algunas condenas por prevaricación en los ERE
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El expresidente andaluz Manuel Chaves se podría beneficiar de esta medida pero no su sucesor, José Antonio Griñán, condenado por malversaciónLa Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) apoya la revisión de las condenas por prevaricación impuestas a algunos de los implicados en el caso de los ... ERE, descartando esa revisión para los condenados por el delito de malversación. Así se desprende de las alegaciones planteadas por esta Fiscalía a los recursos presentados por doce condenados en este caso.
Esta decisión de la Fiscalía que da amparo a dichos recursos bre la puerta a revisar la condena del expresidente socialista de la Junta Manuel Chaves, pero no sería así para su sucesor José Antonio Griñán, condenado a pena de prisión por el delito de malversación pero que aún no ha ingresado en la cárcel por el cáncer que padece.
La Fiscalía ha estado los 12 recursos presentados y ha estimado parcialmente los recursos de ocho de los condenados y rechazando tres y pidiendo la inadmisión del interpuesto por el exconsejero de Empleo José Antonio Viera Chacón.
La Fiscalía del Constitucional argumenta en sus informes que la eventual revisión de penas solo debe afectar al delito de prevaricación en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de presupuestos de Andalucía y su remisión al Parlamento autonómico.
Para el Ministerio Fiscal, en este extremo ambos tribunales hicieron una interpretación excesiva del delito de prevaricación por tratarse del ejercicio de la iniciativa legislativa. Así, subraya la Fiscalía que «aparte de no producir por sí misma más efecto jurídico que, precisamente, el de iniciar el procedimiento legislativo, resultando por tanto inescindible de los aspectos reglados o del procedimiento que rige su preparación y formalización, presupondría introducir un control de la jurisdicción penal respecto de la forma e incluso el contenido de dicha iniciativa legislativa».
En la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla y confirmada por el Tribunal Supremo, Griñán fue condenado a seis años de cárcel por prevaricación y malversación y Chaves fue sentenciado a nueve años de inhabilitación solo por prevaricación, evitando así ingresar en la cárcel.
La Fiscalía consdiera que el razonamiento judicial empleado hasta ahora conduce a una consecuencia incompatible con los principios constitucionales de separación de poderes y autonomía parlamentaria, y también, desde la misma perspectiva del principio de legalidad penal, con los principios de intervención mínima y 'ultima ratio' que delimitan el marco constitucional de aplicación del Derecho Penal.
Con todo, el Ministerio Público precisa que la eventual revisión de las condenas por prevaricación debería limitarse a la elaboración y aprobación de dichos anteproyectos de ley, por lo que propone una estimación parcial de los recursos en ese sentido, descartando el resto de motivos alegados para tumbar las condenas por ese delito.
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