En Andalucía

Facua tacha de «ridícula» la primera multa de 1.000 euros a una inmobiliaria por cobrar comisiones a inquilinos

La organización, que va a recurrir la sanción, critica que se calique como leve «una irregularidad que la ley tipifica como grave»

SUR

Jueves, 13 de junio 2024, 12:06

Facua Consumidores en Acción ha calificado como «ridícula» la que asegura es la primera sanción impuesta en Andalcuía por el cobro de comisiones a los inquilinos. La organización, que ha asegurado que recurrirá la multa -de solo 1.000 euros-, sostiene que la autoridad de Consumo de la Junta de Andalucía pretende zanjar el asunto «con una sanción cuyo importe es inferior a lo ingresado ilegalmente por la empresa por alquilar un solo piso». Según informa, tras la denuncia presentada por la asociación hace ya un año, «la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Salud y Consumo ha decidido calificar como infracción leve una irregularidad que la ley tipifica como grave, permitiendo además a la empresa, Adamas Home, que se quede con todo el dinero defraudado».

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Según informa el organismo, el pasado 26 de mayo se cumplió un año de la entrada en vigor de la ley por el derecho a la vivienda, «que introdujo una modificación en la normativa de arrendamientos urbanos por la que se prohíbe el cobro de cualquier tipo de honorarios a los inquilinos por parte de las inmobiliarias. Esta es la única multa de la que FACUA ha tenido conocimiento sobre las varias decenas de agencias que denunció en junio de 2023. Ninguna comunidad autónoma ha hecho pública hasta la fecha ninguna sanción frente a estas prácticas», indica.

«La ridícula multa de la autoridad de protección de los consumidores andaluzas, de solo 1.000 euros, está además en la parte baja de las destinadas a las infracciones leves, que la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía establece en un arco de entre 200 y los 5.000 euros. Pero en caso de reconocer las irregularidades y asumir el pago de la multa desistiendo de interponer un recurso, la empresa se beneficiaría de un descuento del 40% en su importe, por lo que la sanción por cobrar honorarios a inquilinos se reduciría a 600 euros», insiste Facua.

La organización considera «inexplicable» que Consumo haya tipificado la infracción como leve «cuando se dan dos circunstancias por las que el artículo 72 de la ley autonómica de defensa de los consumidores establece que deben considerarse graves. Así, no son irregularidades fruto de un error sino cometidas voluntariamente, tratándose además de una práctica habitual de la empresa en sus alquileres de viviendas y de no un caso puntual».

Recientemente, recuerda Facua, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha publicado un comunicado en el que advierte de que el cobro de «gastos de formalización del contrato y de gestión inmobiliaria» o «cualquier otro cargo de análoga naturaleza» suponen una infracción «grave» de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios al suponer una cláusula o práctica abusiva. Así, de aplicarse el régimen sancionador de la normativa estatal, «las multas oscilarían entre 10.001 y 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido», indica Facua.

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Recurrir la sanción

Ante esto, la asociación ya ha anunciado su intención de recurrir la sanción. El colectivo se dispone a presentar un recurso «para exigir a Consumo que califique la infracción como grave y eleve la cuantía de la multa —el arco en estos casos va de 5.001 a 60.000 euros—, además de incluir en ella el comiso del beneficio ilícito obtenido por la inmobiliaria con el cobro de honorarios a los inquilinos. Algo que según los artículos 77 y 79 de la ley puede hacerse ante infracciones graves donde concurran agravantes como tratarse de una práctica reiterada, que represente un importante beneficio económico para el infractor o que cause un grave perjuicio a los usuarios. La norma plantea que el comiso puede ser de hasta el décuplo de la cantidad defraudada».

La asociación insiste en que presentó una treintena de denuncias en junio del año pasado contra empresas de gestión inmobiliaria de distintos puntos de España tras constatar que seguían imponiendo el cobro de sus honorarios a los posibles arrendatarios, «pese a que la ley de arrendamientos urbanos prohíbe esta práctica desde finales de mayo de 2023 a raíz de una modificación introducida a través de la ley por el derecho a la vivienda». Así, el artículo 20.1 de la ley de arrendamientos urbanos determina que «los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán a cargo del arrendador».

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