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josé luis piedra
Jueves, 4 de junio 2020, 13:20
Cuatro miembros de 'La manada' han sido condenados con hasta 4 años y medio de prisión por haber abusado sexualmente de una joven en la localidad cordobesa de Pozoblanco, según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba que se ... ha hecho pública hoy. Tres jóvenes de este grupo han sido condenados a dos años y diez meses de cárcel mientras que la pena para otro de ellos se ha elevado a cuatro años y medio al considerar probado que fue quien difundió las imágenes grabadas de los abusos sexuales a esta joven cordobesa a través de dos grupos de WhatsApp de los que formaban parte tanto los investigados como terceras personas ajenas a los hechos enjuiciados.
Los hechos enjuiciados se remontan a mayo del año 2016 cuando este grupo de jóvenes abusó sexualmente de esta joven en la localidad de Pozoblanco, además de grabar los hechos con un teléfono móvil propiedad de uno de ellos para su posterior difusión. El fallo judicial condena a cada uno de los cuatro investigados por un delito de abusos sexuales a un año y seis meses de prisión, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante cuatro años y la medida de libertad vigilada consistente en las citadas prohibiciones durante un año a cumplir tras la pena de cárcel.
El magistrado también impone a tres de los acusados una pena de un año y cuatro meses de cárcel, multa de 3.600 euros y la prohibición de comunicarse o acercarse a una distancia inferior a 500 metros de la joven por un plazo de cuatro años por un delito contra la intimidad, mientras que la condena por este delito es mucho mayor para el responsable de grabar y difundir las imágenes, incrementándose hasta los tres años de prisión.
El juez fundamenta el incremento de la condena a los acusados por los abusos cometidos después por el grupo en los Sanfermines y que tuvieron un gran impacto público. En este sentido, explica que el Código Penal contempla para estos abusos sexuales una pena de uno a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses, pero en este caso concreto «las circunstancias personales de los acusados, quienes con posterioridad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún con los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecución de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena en extensión superior al mínimo legal», imponiendo así a cada uno de ellos un año y medio de prisión por dicho delito.
En concepto de responsabilidad civil, los cuatro investigados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima con un total de 13.150 euros, 10.000 euros por el perjuicio moral causado y 3.150 euros por los días durante los que sufrió un perjuicio personal básico.
En la sentencia, el juez considera probado que los cuatro acusados acudieron en la madrugada del día 1 de mayo de 2016 a la feria de Torrecampo, conociendo en una caseta a la víctima que decidió volver a su domicilio en Pozoblanco en compañía de los investigados montándose en un vehículo. En el desplazamiento y en un momento indeterminado, la víctima cayó en un estado de inconsciencia y aprovechando dicha situación, todos los acusados, con ánimo libidinoso, comenzaron a realizarle diversos tocamientos de carácter sexual al mismo tiempo que grabaron dichos actos. La sentencia deja claro que la víctima no estaba capacitada para otorgar consentimiento alguno para estos hechos que solo tenían el ánimo de vejar y vulnerar la intimidad de la perjudicada con el envío posterior de las imágenes por WhatsApp.
El magistrado reconoce el estrés postraumático sufrido por la víctima, que necesitó para curarse hasta 90 días de perjuicio personal básico, todo ello tras tener conocimiento de la existencia de los vídeos y la notable repercusión mediática y social de los hechos que aparecieron en los medios de comunicación social y se convirtió lo acontecido en un hecho conocido.
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