Álvarez, esta mañana, a la salida de los juzgados. EFE

¿Por qué ha sido condenado Magdalena Álvarez?

La exconsejera de Economía y Hacienda de la Junta ha sido inhabilitado por nueve años

Martes, 19 de noviembre 2019, 16:24

La malagueña Magdalena Álvarez ha sido condenada a nueve años de inhabilitación porque siendo consejera de Economía y Hacienda a partir de abril de 2000, cuando se produjo el cambio en el sistema de concesión de ayudas, «se siguió haciendo este uso inadecuado de ... las transferencias de financiación en las distintas modificaciones presupuestarias que se produjeron» incrementándose la partida -conocida como 31L- en lo relativo a las transferencias de financiación al IFA en materia de relaciones laborales.

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Ademas, según se recoge en la sentencia de la Audiencia de Sevilla, bajo el mandato de Álvarez se elaboró el anteproyecto de presupuesto «sin ajustarse al régimen de transferencias de financiación, establecido en la normativa».

La sala argumenta que intervino en la elaboración de los presupuestos de 2002, 2003 y 2004 y que por primera vez en los presupuestos de 2002 «se incluyó en el anteproyecto de presupuesto el uso de la transferencia de financiación al IFA dentro del programa 31L, a sabiendas de que su finalidad era la concesión de subvenciones por parte de la Consejería de Empleo, siendo el órgano gestor la Dirección General de Trabajo».

«El necesario cuadre del presupuesto del ente hasta el ejercicio 2009, obligaba a compensar los ingresos presupuestarios de las transferencias de financiación, con un incremento presupuestario ficticio de otros gastos de explotación. Así, año tras año se introdujeron en el presupuesto de IFA-IDEA gastos ficticios que nunca se iban a producir. La presupuestación de estos gastos ficticios, evidencia que la Consejería de Economía y Hacienda conocía que las subvenciones no eran concedidas por IFA-IDEA, sino por la Consejería de Empleo, pues de lo contrario, no hubiese sido necesario haber presupuestado los citados gastos ficticios», añade la sentencia.

A este respecto, se recoge que Magdalena Álvarez tenía conocimiento de cómo consignaba esta actividad el IFA en su presupuesto y «aprobó que figuraran como ingresos, las cantidades recibidas vía transferencia de financiación, del programa 31L, y que figuraran dentro del apartado 'otros gastos de explotación', para equilibrar las cuentas». «Y ello, a sabiendas, de que el IFA no tenía gasto alguno, ni realizaba actividad propia con esos ingresos, pues únicamente se limitaba a pagar por cuenta de tercero, en este caso la Dirección General de Trabajo», apostilla el resumen de la sentencia facilitado por el TSJA.

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