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El cierre perimetral de Andalucía tendrá sus excepciones para la movilidad por causas de fuerza mayor y justificadas, aunque prohibirá todos desplazamientos por turismo, ocio, visitas familiares y viajes a segundas residencias hasta el próximo día 9 de noviembre, una medida que afectará también a los 449 municipios en los que se ha decretado también esta limitación en su movilidad.
... Salir y entrar de Andalucía y de los citados municipios sí estará pemitida por motivos laborales, sanitarios o educativos. De este modo, un profesional que tebga que ir a trabajar fuera de la comunidad o del municipio en el que vive podrá hacerlo con un justificante, así como un estudiante que tenga su centro docente fuera de la comunidad o de su localidad de residencia.
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También se permitirá volver a su lugar de residencia a aquellas personas que en el momento de la entrada en vigor este viernes de las restricciones estén fuera de Andalucía o aquellos que se encuentren en la comunidad y vivan en otra autonomía, acreditando debidamente su lugar de residencia habitual.
Las medidas adoptadas por la Junta no permiten viajes a segundas residencias o alojamientos vacacionales, ni tampoco para visitas familiares o desplazamientos a cementerios fuera del municipio en el que se reside para honrar a los difuntos, una práctica tradicional en las próximas fechas.
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Las excepciones para las que se autorizará desplazarse están relacionadas con la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y con el cumplimiento de obligaciones profesionales, empresariales, institucionales y legales.
Además, se permite también la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, así como desplazarse para la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
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Otro motivo justificado será la asistencia y cuidado a mayores, menores o personas dependientes y con discapacidad, y en general, a aquellas especialmente vulnerables. El desplazamiento estará permitido para la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad fuera de la localidad. Asimismo, se podrá ir a realizar gestiones a entidades financieras y de seguros o a estaciones de repostaje que sean limítrofes a los municipios confinados.
También se podrá salir para realizar trámites oficiales y actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. Entre estas gestiones se encuentran las renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
A todo ello se añaden las restricciones del toque de queda que están ya en vigor para todo el territorio andaluz y que también prohíbe cualquier tipo de movilidad, entre las 23.00 y 6.000 horas, que no sea por causa justificada o de fuerza mayor en la línea de las medidas establecidas para el cierre perimetral.
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