R. CABELLO
MÁLAGA
Jueves, 17 de diciembre 2020, 20:16
Andalucía inicia desde este viernes, 18 de diciembre, la segunda fase del plan de 'desescalada' de restricciones que anunció la semana pasada el presidente de la Junta, Juanma Moreno, y que recoge, entre otras medidas, que vuelvan a quedar permitidos los desplazamientos entre provincias ... de la comunidad, y que los establecimientos de hostelería puedan abrir en la franja de 20.00 a 22.30 horas, además de hacerlo hasta las 18.00 horas como hasta ahora. Todas estas medidas son efectivas desde su publicación en el BOJA Extraordinario de este jueves 17 de diciembre. No obstante, el Gobierno andaluz no descarta tener que endurecer de nuevo las restricciones en los próximos días en función de la evolución de la pandemia.
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Así lo avanzaba, el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Gobierno andaluz, Elías Bendodo, quien ha señalado que la Junta evalúa la situación de la pandemia «día a día», y la evolución actual «es positiva, mejor que la semana pasada», de ahí que desde el Ejecutivo autonómico no contemple anunciar «nuevas medidas de restricción a día de hoy», pero «dentro de una semana veremos», ha apostillado. Cara a la Navidad, ha reiterado un «llamamiento a la responsabilidad» de la población, y ha remarcado que la Junta actúa según «criterios exclusivamente sanitarios y profesionales», de forma que es «el comité de expertos el que marca el camino que el Gobierno asume como propio, y en función de eso vamos tomando las decisiones».
Los comités territoriales de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas han acordado rebajar el nivel de alerta sanitaria en la mayoría de distritos sanitarios de la comunidad autónoma, de forma que en el grado 1 del nivel 4 sólo permanecerán desde este viernes Jaén y Granada capital y el área de la Serranía de Málaga.
De momento, así quedan las medidas de esta nueva fase de desescalada:
La movilidad entre las provincias de la comunidad autónoma, que quedó restringida para frenar la expansión de la pandemia de Covid-19, vuelve a estar permitida a partir de las 0.00 horas de este viernes, 18 de diciembre, y hasta el próximo 10 de enero de 2021, según lo recogido en el decreto del Presidente 12/2020, de 11 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
De igual modo, desde la medianoche de este viernes, y hasta las 0.00 horas del día 10 de enero, el horario del conocido como toque de queda nocturno, por el que se limita la circulación de personas durante la noche, reduce en dos horas su extensión actual y queda fijado entre las 23.00 y las 6.00 horas.
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No obstante, seguirá estando permitida la circulación de personas en dicha franja horaria si es para adquirir «medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad»; para asistir a «centros, servicios y establecimientos sanitarios», o a «centros de atención veterinaria por motivos de urgencia», así como para cumplir «obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales».
Igualmente, se puede circular en el horario del toque de queda nocturno si es para volver al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas entre las excepciones contempladas; si es para asistir y cuidar a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas «especialmente vulnerables», así como con motivo de «partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas», o por «partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto».
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Las actividades de lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios, y el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio «cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores», también son causas que justifican la movilidad durante el toque de queda, al igual que las causas «de fuerza mayor o situación de necesidad», y «cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».
De igual modo, la orden de 11 de diciembre de 2020 de la Consejería de Salud y Familias por la que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la Covid-19 durante el periodo prenavideño y navideño, recoge que, a partir de las 0.00 horas de este viernes día 18, los establecimientos de restauración y hostelería podrán permanecer abiertos hasta las 18.00 horas, como hasta ahora, y volver a abrir desde las 20.00 horas hasta las 22.30 horas.
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Sin embargo, la Junta de Andalucía pemitirá finalmente abrir a los bares por las tardes a partir de este viernes sin tener que cerrar de 18.00 a 20.00 horas pero en ellos no se podrá dispensar ni consumir bebidas alcohólicas. Los establecimientos tendrán que disponer máquinas de café y estár autorizados también en su actividad para el servicio de cafetería. El BOJA, concretamente centra le excepción a cafeterías, heladerías y chocolaterías.
Además, a partir de la medianoche de este viernes, los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23.30 horas, si bien la hora límite para realizar pedidos queda fijada en las 22.30 horas.
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