![El aviso de Ryanair a Andalucía si la multan por el recargo del equipaje de mano](https://s3.ppllstatics.com/diariosur/www/multimedia/2025/02/13/avion-k1UB-U230848526354ZGC-1200x840@Diario%20Sur.jpg)
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Sevilla
Jueves, 13 de febrero 2025, 11:58
La compañía de bandera irlandesa Ryanair ha avisado a la Junta de Andalucía de un «incumplimiento de la legislación de la Unión Europea (UE)» si la Consejería de Salud y Consumo finalmente sanciona a la aerolínea por el cobro de un recargo del equipaje de mano.
«Esto es sólo una decisión preliminar de una autoridad local. Si el Servicio de Consumo de Sevilla impone una multa a Ryanair, tal y como ha amenazado con hacer, actuará incumpliendo la legislación de la UE al igual que ha hecho el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy», señala la compañía en un comunicado.
En este sentido, la aerolínea asegura que de llevarse a efecto esa sanción, «recurrirá cualquier multa ante los tribunales españoles y de la UE». La Consejería de Salud y Consumo había anunciado que sancionará a la compañía aérea por el cobro de un recargo al viajar con equipaje de mano, tras las denuncias presentadas por Facua Sevilla en representación de cinco socios.
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Según confirmaron fuentes de la Consejería a Europa Press, este miércoles, el expediente sancionador continúa en trámite, por lo que la cuantía de la penalización económica interpuesta, que asciende a 46.250 euros por infracción «grave», sólo es una propuesta, ya que puede variar de aquí a que termine la tramitación.
Al respecto, Facua Sevilla ha presentado alegaciones solicitando que se aumente la infracción a «muy grave», lo que elevaría la cuantía de la multa a la horquilla de entre 60.001 y 1.000.000 euros. «La propuesta de resolución cita hasta 22 sentencias judiciales en las que se ha determinado la ilegalidad de estas prácticas», según ha indicado asociación en una nota.
La organización de consumidores ha argumentado en sus escritos que estos cobros son una práctica «abusiva» que incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que «el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo» y solo contempla como excepción «razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave».
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