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Nuevas medidas

Andalucía: ¿Cómo puedo desplazarme de un municipio a otro tras el cierre perimetral? ¿Cuáles son las excepciones?

La Junta de Andalucía ha determinado entre sus nuevas medidas que no se puede salir del municipio en el que se vive salvo causas justificadas

sur

Domingo, 8 de noviembre 2020

La Junta de Andalucia ha anunciado nuevas medidasy restricciones para intentar parar la propagación del coronavirus en la comunidad, un vez que se cumple el primer estado de alarma decretado por el Gobierno. Entre las medidas que ha anunciado el presidente de la Junta, Juanma Moreno, está el cierre perimetral de todos los municipios de Andalucia. Esto es, que no se puede salir ni entrar ni pasar de un muncipio a otros sin motivo o causa justificada. Ademas, Moreno ha insistido en que las fuerzas de seguridad requerirán dichas justificaciones para evitar las sanciones. Este cierre sería una realidad desde el lunes por la noche a las 00.00 horas cuando entarían las medidas en vigor. Las exepciones para este nuevo cierre, ahora de todos, los nunicipios, son las que ya estaban vigentes para el anterior cierre perimetral de Andalucia y otras localidades y que son:

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Si tiene que realizar alguna de estas actividades, sí puede ir de un municipio a otro, aunque debe llevarlo justificado para cuando le paren las fuezas de seguridad para evitar las sanciones.

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