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Establecimiento de Coín, cerrado por las nuevas restricciones. A. Jiménez
¿Cuáles son las actividades esenciales que no tienen que cerrar por encima de una tasa de 1000 en Andalucía?

¿Cuáles son las actividades esenciales que no tienen que cerrar por encima de una tasa de 1000 en Andalucía?

Distribución de alimentos de primera necesidad, servicios de entrega a domicilio o centros deportivos al aire libre podrán seguir operando

SUR

Lunes, 25 de enero 2021

La Junta de Andalucía ha informado del cierre de más municipios que superan las tasas de 500 o 1.000 contagios en la comunidad. De esta forma, el Gobierno autonómico, desde la medianoche del martes al miércoles, confina de forma perimetral las localidades con más de 500 contagios por cada cien mil habitantes y cerrará, tal y como está realizando ahora, toda actividad no esencial -incluidos bares y comercios que tendrán que cerrar- en los que registran más de mil positivos por cada cien mil personas, como es el caso de Málaga capital.

Más allá de unas medidas generales para toda la comunidad (toque de queda de 22.00 a 06.00, bares y comercios hasta las 18.00, cierre de las provincias...), las normas más restrictivas en Andalucía se dan cuando un municipio supera la tasa de incidencia de 1000 positivos por cada 100.000 habitantes. En ese caso se produce el cierre de toda actividad que no sea esencial. Pero, ¿cuáles son esas actividades consideradas esenciales? A continuación, enumeramos las actividades que podrán desarrollarse, según lo publicado en el BOJA y lo anunciado por la Consejería de Salud y Familias.

Excepciones al cierre y horario más allá de las 18.00

-Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

-Gasolineras.

-Clínicas y Centros veterinarios.

-Servicios profesionales, de seguros.

-Centros y servicios sanitarios.

-Servicios entrega a domicilio.

-Alquiler vehículos.

Excepciones al cierre y horario hasta las 18.00

-Parafarmacias.

-Prensa, librería y papelería.

-Floristería, planta y semillería.

-Electrodomésticos.

-ITVs.

-Estancos.

-Equipos tecnológicos y telecomunicaciones.

-Alimento para animales.

-Tintorería.

-Lavandería.

-Peluquería

-Talleres mecánicos.

-Servicio de reparación y material construcción.

-Ferreterías.

Limitaciones

-Velatorios. Podrán realizarse con un límite máximo de quince personas en espacios al aire libre o de seis personas en espacios cerrados

-Se suspende la apertura al público de las grandes superficies minoristas colectivas, salvo los establecimientos comerciales de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad

-Hostelería. Cesará su actividad, salvo entrega a domicilio y recogida en establecimiento, con limitaciones horarias (23:30 a domicilio y 21.30 recogida en establecimiento).

-Ceremonias civiles. Con el aforo máximo del 30% en espacios al aire libre o cerrados (hasta las 18.00 horas). Salones de celebraciones permanecerán cerrados.

-Gimnasios. Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física a excepción de aquellas que sean al aire libre y sin contacto

-Ocio. Se suspende la apertura al público de cines, teatros, auditorios, espacios escénicos, bibliotecas, centros de documentación, monumentos, conjuntos culturales.

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