María Jesús Montero y Miguel Ángel Vázquez, ayer. :: efe

Andalucía dejará de gravar desde agosto las herencias de viviendas habituales y fincas

La Junta aprueba la primera fase de la rebaja del Impuesto de Sucesiones favoreciendo las clases medias y el relevo en el campo

MARÍA DOLORES TORTOSA

Miércoles, 27 de julio 2016, 00:46

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer la primera fase de la prometida rebaja del Impuesto de Sucesiones y Donaciones acordada por Susana Díaz con Ciudadanos en plena campaña electoral del 26J. Mediante un decreto ley la Junta amplía de manera progresiva las deducciones por la herencia de vivienda habitual y lleva al 99% las reducciones en las explotaciones agrarias, en ambos casos referidas a familiares directos. Las mejoras fiscales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), algo que ocurrirá en agosto, afirmó la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero.

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DATOS

  • Explotaciones agrarias

  • Rebaja El 99% del tributo. 5,8 millones de euros deja de recaudarse.

  • Beneficiarios 400 personas, hijos o cónyuges de agricultores que también demuestren que lo son. O asalariado con cinco años contratado en la finca.

  • Novedades El causante puede estar jubilado.

  • Vivienda habitual

  • Rebaja Desde el 100% para inmuebles de hasta 122.606,47 euros hasta el 95% para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros.

  • Beneficiarios Mil personas. El impacto en las cuentas públicas es de 16 millones de euros.

  • Novedades Podrá beneficiarse allegado mayor de 65 años que demuestre convivencia de dos años.

Puede decirse que a partir del próximo mes la Junta de Andalucía reducirá aún más la carga fiscal a quien herede una casa de un ascendiente directo fallecido cuando sea para hogar habitual. También flexibilizará las condiciones para abonar solo un 1% del tributo en herencias o donaciones de una explotación agrícola siempre que propietario y heredero sean agricultores profesionales y tengan una relación directa, bien familiar o laboral. Es decir, la rebaja de la carga tributaria sigue teniendo letra pequeña pensada sobre todo para favorecer a clases medias y el relevo generacional en explotaciones medianas o pequeñas o la fijación de la población rural en el caso del campo.

Pero hay mejoras sustanciales. En el de la vivienda, el decreto establece que la bonificación oscilará entre el 100% para inmuebles de hasta 122.606,47 euros y el 95% para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros. Beneficiará a ascendientes, descendientes y conyuges del fallecido y a otro familiar no directo mayor de 65 años y haya convivido con el finado dos años al menos. El decreto también rebaja de diez a tres años el tiempo que el heredero no podrá vender la casa recibida.

En cuanto a las explotaciones agrarias o fincas rústicas, el decreto bonifica el 99% del impuesto tanto en herencias por fallecimiento como en donaciones entre vivos. Hasta ahora se exigía que el causante o donante fuera un agricultor en activo a la hora de su fallecimiento. Con el decreto se flexibiliza este requisito. Si bien se mantiene que el donante o causante haya ejercido la actividad agrícola de forma directa y habitual, también se contempla que pueda estar jubilado o en situación de incapacidad por invalidez. En este supuesto, dicha actividad agraria debería estar ejerciéndose por su cónyuge o algún descendiente directo. En tal caso, la reducción se aplicará únicamente a estos siempre que ejerzan la actividad agraria. Aunque el decreto no lo especifica, la consejera de Hacienda aseguró que la norma introduce la novedad de que la actividad agrícola no sea la única fuente de ingresos tanto del donante como del heredero.

La reforma contempla la posibilidad de la misma bonificación para asalariados del dueño de la finca si se cumplen entre otros los siguientes requisitos: que el adquirente tenga un contrato laboral con el transmitente a jornada completa, que esté directamente relacionado con el ejercicio de la actividad agraria de la explotación, que conste en la Tesorería General de la Seguridad Social por afiliación el Régimen General, que esté vigente a la fecha del fallecimiento o donación y que acredite una antigüedad mínima de cinco años en la misma. La norma rebaja de diez a cinco años el tiempo en el que los beneficiados no podrán vender la explotación agrícola.

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Montero explicó que cada año unas 1.000 personas se beneficiarán de la rebaja fiscal en vivienda y otras 400 en explotaciones agrarias.La Junta dejará de percibir 16 millones de euros por las bonificaciones a la vivienda y 5,8 millones de euros por las de las fincas agrarias.

A estas cantidades habrá que sumarles a partir de enero de 2017 otros 63 millones de euros aproximados correspondientes a la segunda fase de la rebaja del impuesto, la que aumentará el mínimo exento de tributación para las herencias recibidas por parientes directos, pasando de los 175.000 euros actuales a 250.000 euros. Además, para corregir el salto se reducirán 200.000 euros a las herencias valoradas en la franja entre 250.000 y 350.000. Alrededor de 1.700 personas se beneficiarán de esta rebaja.

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Montero resumió: El impacto final en las cuentas andaluzas será de 125 millones de euros, que la Junta piensa compensar con la mejora de la actividad económica. La consejera recordó que son pocas las personas que pagan el impuesto en la actualidad, unas 5.500, que pasarán a ser 2.400 a partir de enero. Las rebajas de impuestos, enfatizó, beneficiará a un 56,5% del total de contribuyentes.

De las reacciones cabe subrayar la satisfacción del portavoz de Ciudadanos, Juan Marín, que atribuye la rebaja fiscal a la presión de su partido, socio habitual del PSOE para sacar adelante sus leyes. La organización agraria Asaja, sin embargo, recordó el papel del PP, que defiende una supresión total de forma progresiva del impuesto de sucesiones, y de Susana Díaz, a la que los responsables de Asaja dicen ser quienes la convencieron del paso dado.

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