JUAN CANO
Domingo, 13 de enero 2008, 02:54
Una mujer de 55 años ha conseguido eludir la prisión y evitar el juicio por apuñalar once veces a su ex compañero sentimental en un cámping de Torrox. La sentencia se dictó de conformidad entre las partes, es decir, la agresora aceptó los hechos que se le imputaban y obtuvo una rebaja de la pena de cinco a dos años de prisión por un delito de lesiones.
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Los hechos sucedieron el 20 de febrero de 2005 en el cámping El Pino, en la localidad de Torrox. La mujer, que responde a las iniciales C. R. W., y es de origen británico, se encontraba con la víctima, P. B. H., en el interior de su vivienda. Ambos convivían desde hacía once años.
Aquella noche mantuvieron una fuerte discusión por motivos que no han sido precisados, ya que, al parecer, víctima y agresor estaban ebrios y no recordaban lo ocurrido. La sentencia considera probado que, sobre las 22.00 horas, la mujer se abalanzó sobre su pareja y le asestó varias cuchilladas en el cuello, el tórax y los brazos.
Heridas
Según precisó la abogada Inés Barba Novoa, que defendió a la acusada, C. R. W. apuñaló a su compañero sentimental once veces. El ataque le causó heridas incisas repartidas por el torso, de hasta cuatro centímetros de longitud, que llegaron a afectarle al tejido muscular, según recoge la resolución judicial, a la que ha tenido acceso SUR.
La víctima fue trasladada al Hospital Comarcal de la Axarquía, donde estuvo dos días ingresada. Pese al número de cuchilladas, sólo precisó puntos de sutura y un par de semanas para curarse.
La abogada de C. R. W. explicó que los hechos fueron calificados de forma preliminar como un supuesto homicidio en grado de tentativa. La letrada argumentó primero su defensa en los testimonios de los vecinos, «quienes -indicó Inés Barba- manifestaron que la intención de mi clienta no era matar a su compañero, y que las peleas entre ambos eran frecuentes».
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Daños superficiales
Pero la verdadera clave de la defensa ha sido la superficialidad de las heridas de arma blanca. Según la letrada, los forenses y los médicos que tuvieron acceso a la víctima observaron que las heridas eran superficiales. No afectaron a órganos vitales y tampoco requirieron intervención quirúrgica.
Con estos mimbres, el Ministerio Público solicitó cinco años de prisión por un delito de lesiones, en lugar de tentativa de homicidio, que fue el enfoque inicial del caso. La defensa solicitó la rebaja de cinco a dos años, de manera que, el día del juicio, se llegó a una sentencia de conformidad.
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Finalmente, la magistrada condenó a C. R. W. como autora de un delito de lesiones a dos años de cárcel, lo que le permitió eludir la prisión, al no tener antecedentes. No obstante, la mujer llegó a estar en prisión provisional por el caso tras ser detenida.
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