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LEANDRO PAVÓN
Miércoles, 14 de mayo 2014, 11:50
La Audiencia Provincial de Málaga decidió revocar la imputación de la esposa del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, en relación al caso del ático que la pareja posee en Estepona y sobre el que se inspecciona la posible ilegalidad de su propiedad. Pese a la anulación, la Audiencia decidió mantener la personación de la pareja para que puedan ejercer su derecho a defenderse.
Este órgano afirmó en un auto que la denuncia presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) hacía referencia a unos hechos sobre los que actualmente se está investigando. «Se trata pues de denunciados que merecen participar en la causa y ejercer su derecho a defensa, aunque la investigación esté aún en sus inicios y no se haya concretado una imputación formal contra ellos», expresa dicho texto.
El auto también niega la inhibición a un juzgado de la Audiencia Nacional de esta causa, tras «estimar en parte los recursos de apelación» presentados por la empresa Coast Investors S.L. y por Cavero. Además, afirmó que no veían hechos suficientes para considerar este caso en las competencias de la Audiencia Nacional. Por ello, se ordenó que la causa volviera a al Juzgado de Instrucción número 5 de Estepona, órgano en el que la jueza María Peregrina comenzó la investigación.
Personación de González
La condición de aforado de Ignacio González hacía que de ser imputado, debiera trasladarse su caso a otro tribunal. Pese al recurso presentado por el SUP para que el presidente de la Comunidad de Madrid no estuviera personado en la causa, la Audiencia de Málaga consideró que la presente investigación «le afecta en la medida que se refiera a las circunstancias que rodearon al alquiler de un inmueble que disfrutaba con su esposa y su posterior compra del mismo a la entidad Coast Investors S.L.», también personada en el caso.
Sin embargo, el auto da lugar a que la causa pueda volver a ser inhibida, ya que recuerda que si se avanza en la investigación «y de su resultado se desprende la presunta comisión por parte de cualquier persona aforada, será cuando podrá el instructor elevar los testimonios oportunos a quien se atribuyan».
Fue el 16 de diciembre cuando el juzgado número 5 decidió inhibir la causa e imputar a Lourdes Cavero y a Coast Investors S.L., con el correspondiente recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal para evitar estas acusaciones.
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