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Numerosas empresas de transportes tienen ahora el camino expedito para pleitear por la devolución de este impuesto. :: Sur
El TSJA obliga a devolver por primera vez el céntimo sanitario a una empresa de Málaga
MÁLAGA

El TSJA obliga a devolver por primera vez el céntimo sanitario a una empresa de Málaga

La empresa Aquatrans 2000, que se dedica al transporte de cubas de agua, recibirá 20.321 euros de la Agencia Tributaria

JAVIER RECIO

Viernes, 9 de mayo 2014, 15:28

Buena noticia para los transportistas malagueños. El TSJA ha condenado a la Agencia Tributaria a devolver el dinero que cobró a una empresa de transportes por el llamada céntimo sanitario. Es la primera vez que se adopta esta resolución en favor de un reclamante malagueño. En concreto se trata de Aquatrans, 2000, una empresa que se dedica al transporte en general y al de cubas de agua en especial, que tendrá que recibir de la Administración 20.321 euros. La sentencia ya es firme, pues lo que se ha resuelto es anular la decisión del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, que en una primera instancia no dio la razón a la empresa recurrente.

La sentencia se basa en la reciente resolución adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que estableció que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, el denominado céntimo sanitario, es contrario a la directiva europea sobre los impuestos especiales, porque su finalidad es exclusivamente presupuestaria. El TSJA explica en su sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, que los rendimientos de este impuesto se han destinado a las comunidades autónomas para que financien el ejercicio de sus competencias. La clave está en que el citado impuesto debería tener por objeto garantizar la protección de la salud y del medio ambiente. O sea, si se hubiera destinado su recaudación a reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos que grava el impuesto. Es decir, que no se puede destinar este dinero a los gastos sanitarios generales, porque los mismos se sufragan con los rendimientos de toda clase de impuestos. Por eso no puede considerarse un impuesto especial, de ahí que se haya anulado, entre otras cosas, porque tampoco tiene como finalidad la protección del medio ambiente.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha dado carpetazo a este asunto cinco años después de que se presentara. El letrado Nicolás Gómez-Villares, que pertenece al departamento fiscal del despacho Gómez-Villares, Álvarez y Atencia, ha representado a la empresa y desde el principio basaba su argumento en que el céntimo sanitario contravenía la directiva europea, como acaba de sentenciar tanto el tribunal europeo como el propio TSJA cinco años después.

El tribunal andaluz también ha desestimado la pretensión de la Administración de no tener que reintegrar lo cobrado indebidamente, porque ello le provocaría un importante quebranto económico. La sala explica con una claridad meridiana que si aceptara la postura del Estado se estaría dando un trato más favorable a las violaciones más graves, en la medida en que son los que más daño han hecho al bolsillo de los ciudadanos.

La sentencia es especialmente importante porque la postura del TSJA sobre este asunto ha sido tajante. La Administración se ha mostrado muy reticente a devolver lo cobrado de manera indebida e incluso se desató una polémica sobre qué administración debía afrontar estos reintegros, ya que las comunidades autónomas han sido las principales beneficiarias del céntimo sanitario. Sea como fuere, la resolución deja el camino expedito para que las empresas no duden en pleitear contra la Administración, pues tienen todas las de ganar. Y en tiempos de crisis conseguir estos importantes pellizcos que se daban por perdidos es una buena noticia para los transportistas malagueños.

Nicolás Gómez-Villares ha llevado este caso, que inició en el año 2009. El letrado pertenece al departamento fiscal del despacho Gómez-Villares, Álvarez y Atencia.

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