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LEANDRO PAVÓN
Viernes, 25 de abril 2014, 10:57
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Estepona decretó el embargo de 70 locales del centro comercial Laguna Village para proceder al pago de una sentencia de febrero de 2013 que condenaba a los promotores de este espacio -Playa Padrón Estepona S.L.- al pago de casi 500.000 euros a un inversor británico. También se embargarán los derechos de concesión de la explotación administrativa que tiene concedida la citada mercantil por parte del Ayuntamiento de Estepona, y los saldos que el demandado pudiera tener en cualquier cuenta bancaria.
Según explica la sentencia a la que pudo acceder este periódico, el inversor inglés alquiló varios inmuebles del centro comercial -cuyo administrador es Jürgen Sauer, cofundador del hotel Kempinski y propietario de la inmobiliaria Sauer- en 2006, depositando una señal a modo de contrato de arras de algo más de 185.000 euros. Esto fue imposible de escriturar, al encontrarse ya arrendadas. En ese acuerdo, si la promotora no podía entregar los inmuebles a la persona que los alquiló, tendría que devolverle el doble del dinero entregado. Por la parte contraria, si la persona que depositó esa cantidad no utilizaba las instalaciones cedidas, no podría reclamar los 185.000 euros
El juzgado observa que pese a que el tiempo en que tenían para hacer la cesión de los locales -tres semanas- había sido poco, el hecho de que en el contrato figurara la cláusula expresa de la entrega libre de inquilinos y con una fecha de final de cesión muy posterior a la de la entrega al inversor inglés, ya no solo en algunos locales, sino que todos tenían fechas de vencimiento muy alejadas a la fijada para la cesión al inversor daba la razón al británico. Esa fue la información que después de ser aportada, hizo que el magistrado cambiara su primera opinión.
Sentencia contraria
En un principio, el juzgado dio la razón a la mercantil por errores en la redacción del contrato de cesión de los locales, lo que hizo que el demandante tuviera que recurrir. La misma sala revocó su sentencia condenando al demandado al pago de la deuda y de las costas del caso.
El fallo de la sentencia obligaba a Playa Padrón Estepona S.L. al pago íntegro del doble del depósito entregado por el demandante, 365.056 euros, además de asumir las costas procesales e intereses unos 120.468 euros. Tras la sentencia positiva obtenida en febrero de 2013, la defensa del demandante intentó ponerse en contacto con la mercantil, y tras varios intentos infructuosos, decidieron empezar con el trámite del embargo, decreto que fue firmado a mitad de este mes de abril.
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