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La Junta cambia la ley para reducir los plazos de los planes urbanísticos de las ciudades
MÁLAGA

La Junta cambia la ley para reducir los plazos de los planes urbanísticos de las ciudades

Una comisión provincial centralizará todos los informes para agilizar los trámites, con el objetivo de que el proceso esté listo en un año y medio

IGNACIO LILLO

Miércoles, 12 de febrero 2014, 02:59

Cuando hay voluntad política de avanzar en un sentido las soluciones no tardan en llegar. Apenas han pasado 20 días desde que la presidenta de la Junta, Susana Díaz, se comprometió a impulsar el sector de la construcción para crear empleo, y ya se ha tomado la primera medida determinante. El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto que regula las competencias de la Administración autonómica en materia de ordenación del territorio y urbanismo. La norma, que sustituye a la vigente desde 2008 -y que era especialmente restrictiva- permitirá agilizar los trámites administrativos del planeamiento, con plazos definidos.

El objetivo último es que los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) de las ciudades pueda quedar resuelto en un plazo máximo de un año y medio, como adelantó el lunes la consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, aunque matizó que eso solo será posible si los ayuntamientos no tardan en enviar la documentación requerida.

Como principal novedad, la norma establece la creación de las comisiones provinciales de Coordinación Urbanística, que actuarán como ventanilla única para cooperar con los municipios y centralizar los informes preceptivos que hasta ahora emitía cada consejería por separado. Estas entidades estarán integradas por todos los servicios técnicos de la Junta que están implicados en el procedimiento; así como el ayuntamiento afectado en cada caso y otras administraciones, instituciones y expertos.

Respecto a la tramitación de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) y de las modificaciones de carácter estructural de los mismos, el nuevo decreto permitirá a los ayuntamientos presentar, tras la aprobación inicial (en el Pleno), una única solicitud. A partir de aquí, la revisión de la documentación y la solicitud de subsanación se realizará en un máximo de diez días (plazo hasta ahora no regulado). Una vez completado el expediente, la Administración autonómica remitirá sus dictámenes en tres meses. En el caso de los informes que tengan carácter vinculante -tras la aprobación provisional- el plazo será de un mes.

Ciudades costeras

La composición de las Comisiones Territoriales pasa de 30 a 14 integrantes, para agilizar la toma de decisiones. Estos aportarán sus sugerencias y observaciones en la fase previa de la tramitación del planeamiento, y no al final, como hasta ahora. El decreto amplía las atribuciones del personal de la Consejería de Medio Ambiente para la aprobación definitiva de los planes.

Estas competencias, hasta ahora circunscritas a las poblaciones de más de 75.000 habitantes, se amplían a todas las ciudades principales y ciudades medias de primer nivel: las ocho capitales de provincia y, en el caso de Málaga, las localidades de Marbella, Antequera, Vélez-Málaga y Fuengirola. Corresponderá a la titular de la Consejería la aprobación de los planes generales y de sus modificaciones estructurales, mientras que en el resto serán competentes las Comisiones de Ordenación del Territorio.

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