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La Junta incluye estas viviendas en el registro de Turismo

M. G.

Lunes, 15 de diciembre 2014, 01:31

La Junta de Andalucía ha aprobado el nuevo decreto que regula la organización y el funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía. Una de las novedades es la inclusión de las Viviendas Turísticas de Alojamiento Rural (VTAR), que anteriormente accedían al registro sólo mediante comunicación voluntaria. Esta modalidad se diferencia de otras del ámbito rural en que ofrece alojamiento de forma ocasional, no más de tres meses al año y sin una oferta adicional de restauración, ocio o de otra clase.

Esta norma, que sustituye a la vigente desde 2008, clarifica y actualiza los procedimientos de inscripción para ajustarlos a la actual legislación autonómica sobre el sector. Asimismo, flexibiliza los requisitos para aquellos alojamientos que utilizan inmuebles recuperados para uso turístico o que cuentan con protección por la normativa andaluza de Patrimonio Histórico.

La figura de las VTAR se creó en la ley de Turismo de 1999 como una manera de regular los alojamientos más pequeños que hasta entonces ofrecían sus servicios fuera de la ley pero el Parlamento andaluz dejó en 2011 a las VTAR fuera de la nueva Ley de Turismo de Andalucía. Durante todo estos años, las asociaciones de casas rurales han luchado porque se incluyan de nuevo en la ley.

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