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El exconcejal de Hacienda en el Ayuntamiento de Estepona Manuel Reina, investigado en el 'caso Astapa', ha recusado a la jueza instructora de esta causa, Isabel Conejo, de quien considera que no puede seguir al frente de la instrucción, que lleva ya más de una década.
Reina presentó el pasado febrero una querella contra cinco personas a las que acusó de provocar la operación que dio lugar al 'caso Astapa' para hacerse con el control urbanístico de Estepona, entre los que se encontraban el comisario Villarejo, los exconcejales David Valadez y Cristina Rodríguez Alarcón y un arquitecto y un empresario ligados societariamente al policía, actualmente en prisión por el 'caso Tándem'.
En la querella, Reina denunciaba irregularidades en la concesión de una licencia de primera ocupación y acusaba a estas cinco personas de provocar 'Astapa' -los dos exediles fueron quienes presentaron la denuncia que dio origen a la operación- para hacerse con el control urbanístico de Estepona. El escrito presentado por Reina hacía referencia a otras operaciones supuestamente montadas por Villarejo para obtener un beneficio económico y acusaba a los querellados de montar toda la operación para obtener un beneficio económico.
La querella cayó por turno de reparto en el Juzgado de Instrucción número 5 de Estepona, el mismo donde se instruye el 'caso Astapa', y su titular, la magistrada Isabel Conejo, no la admitió al considerar que los hechos denunciados no estaban acreditados por los documentos aportados, por lo que ordenó archivar las actuaciones.
Por ello, el exedil ha presentado un nuevo escrito en el juzgado en el que recusa a la jueza, al considerar que se debería haber abstenido de intervenir en la querella, ya que los hechos denunciados en la misma afectaban a la instrucción del 'caso Astapa', que ella misma instruye. «Habiendo sido instructora de la 'operación Astapa' y habiendo sido aludida ésta en la querella, su decisión debió ser abstenerse de su conocimiento y de efectuar cualquier pronunciamiento ante la evidente concurrencia de motivos legales para ello, que hubieran permitido el conocimiento del asunto por el correspondiente juez imparcial sustituto, que habría tomado una decisión alejada de cualquier posible influencia», sostiene el escrito.
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