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CH. MÁRQUEZ
Viernes, 5 de mayo 2017, 00:52
El Ayuntamiento de Estepona tendrá que readmitir a una trabajadora de ayuda a domicilio por orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha rechazado el recurso interpuesto por el consistorio, que deberá abonar los salarios de tramitación hasta su readmisión, así como el coste procesal del recurso.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO de Málaga, que ha dado cuenta de esta sentencia, explica que el Ayuntamiento de Estepona contrató en el 2015 a 16 auxiliares de ayuda a domicilio mediante contratos temporales auspiciados por una bolsa de trabajo temporal, aunque desarrollaron un trabajo de carácter indefinido.
La sentencia que recurrió el Ayuntamiento aclaraba al consistorio que «para desarrollar trabajos de carácter permanente no cabe la contratación temporal». Lo dice el Estatuto de los trabajadores, la jurisprudencia del Tribuna Supremo y las recientes sentencias europeas sobre el uso fraudulento de la contratación temporal en la administración pública española.
La secretaria general de la FSC de CCOO de Málaga, Carolina Ortiz, ha recordado que &ldquolas bolsas de trabajo para sustituciones no deben utilizarse para cubrir de forma temporal trabajos permanentes, que solo sirve para precarizar el empleo feminizado y sostener bolsas de agradecimiento político&rdquo.
Recuerda que el Ayuntamiento de Estepona ha privatizado ya el servicio y la nueva empresa ya fue informada por CCOO de estas sentencias favorables a las trabajadoras.
Desde CCOO se ha solicitado al Ayuntamiento de Estepona que evite judicializar las relaciones laborales, pues en cumplimiento de la sentencia deberá abonar los costes salariales desde la fecha del despido, en agosto de 2016, hasta su readmisión.
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