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Chaves, en el centro, cuando anunció en 2005 el inicio del expediente
El TC anula el artículo que permitió retirar las competencias urbanísticas a Marbella en 2006

El TC anula el artículo que permitió retirar las competencias urbanísticas a Marbella en 2006

La oficina de planeamiento de la Junta introdujo durante 14 meses diversos cambios en el PGOU vigente en la actualidad

Héctor Barbotta

Miércoles, 30 de noviembre 2016, 01:03

La retirada de las competencias urbanísticas a Marbella en el año 2006 estuvo amparada en una norma inconstitucional. Una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que el artículo de la LOUA (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía) que otorga a la Junta la potestad de retirar a los ayuntamientos las competencias de planeamiento urbanístico no tiene encaje en la Constitución, por lo que lo ha anulado. Se trata del apartado 4 del artículo 31 de la citada norma, en la que se basó la retirada de las competencias urbanísticas a Marbella aprobada por la Junta en marzo de 2006, días antes de la operación Malaya y ejecutada meses después, cuando el Ayuntamiento ya había sido disuelto y era regido por una gestora.

El Tribunal Constitucional dictó la sentencia que anula varios de los artículos de la citada ley autonómica en julio del año pasado y resolvió de esa manera una impugnación presentada por 68 diputados del Partido Popular en el Congreso, aunque la resolución no fue comunicada en su momento por esta formación. Aunque a que esta decisión pasó desapercibida en su momento y ni siquiera el propio PP la dio a conocer, pese a que le daba la razón en una pugna con la Junta de Andalucía, se trata de una sentencia que podría tener repercusión sobre todos los actos aprobados por la oficina de urbanismo montada por el Gobierno andaluz en Marbella para hacerse cargo del planeamiento urbanístico en la ciudad. Esta oficina, dirigida por José María Ruiz Povedano, estuvo en activo desde abril de 2006 hasta junio de 2007, cuando la ciudad recuperó la normalidad institucional después de las elecciones municipales de ese año y la Junta restituyó las competencias al Ayuntamiento.

La sentencia considera que el artículo 28.1 de la Ley andaluza 13/2005, que añade un apartado cuarto al artículo 31 de la LOUA, es contrario a la garantía constitucional de la autonomía municipal. El artículo anulado fue aprobado exprofeso por la Junta para retirar las competencias al Ayuntamiento de Marbella y poner freno de esa manera a los abusos que se venían cometiendo desde la institución municipal gobernada por el GIL.

Los cambios continúan vigentes

  • Durante los 14 meses en los que las competencias de planeamiento fueron ejercidos por la Junta de Andalucía se aprobaron diversos planes parciales y y modificaciones, aunque en la memoria del PGOU de 2010 se destacaron dos la modificación de las normas urbanísticas para la concesión de licencias en el casco antiguo y la modifiación de la normativa general y local del equipamiento público. Estos cambios fueron aplicados sobre el PGOU de 1986, actualmente vigor tras la anulación del Plan de 2010 en noviembre del año pasado. La duda radica ahora en determinar si estas decisiones están viciadas de nulidad debido a que fueron adoptadas por un órgano que no tenía competencias para ello. La mayor parte de las opiniones recogidas por este periódico rechazan que la decisión del Constitucional convierta en nulo todo el planeamiento aprobado durante esos 14 meses. Esa es la postura del abogado Diego Martín Reyes, quien ejerció la presidencia de la gestora del Ayuntamiento durante aquel periodo, que subraya que la ley de procedimiento administrativo establece límites a la revisión de actos en circunstancias como ésta cuando resulte contrario a la equidad, la buena fe o el derecho de los particulares.

  • Aunque se trata de una cuestión que no está exenta de dudas interpretativas, también el entonces vocal de Urbanismo de la gestora, Rafael Duarte, cuestiona que se puedan anular las decisiones adoptadas por la oficina de Planeamiento Urbanístico de la Junta en Marbella. Duarte destacó que la comisión gestora, que ejercía la representación del Ayuntamiento, no se opuso a la retirada de las competencias urbanísticas y además informó favorablemente los diferentes expedientes aprobados por la Junta. Subrayó además que en otros supuestos semejantes de sentencias de inconstitucionalidad de leyes en cuya aplicación se habían aprobado planes urbanísticos se han atendido casos concretos, nunca una nulidad general. Otros juristas consultados por este periódico consideran en cambio que la anulación del artículo que dio vía libre a la retirada de las competencias urbanísticas abre la incertidumbre sobre la validez de las modificaciones de planeamiento aprobadas en aquellos casos en los que un tercero afectado solicite la nulidad de alguna modificación y alegue que el órgano que tomó la decisión no tenía competencias para hacerlo.

El Constitucional ha señalado que no es constitucionalmente aceptable que la administración autonómica ocupe ámbitos competenciales «que el legislador ha atribuido ordinariamente al municipio para la tutela de los intereses de su comunidad territorial de cumplir su obligaciones en un plazo razonable». En concreto, el TC considera que la ley debería definir de manera suficiente los presupuestos materiales y procedimentales de control y en particular las garantías que permitan al ayuntamiento evitar esta intervención.

La sentencia resuelve un recurso de inconstitucionalidad interpuesto en 2006 por el entonces diputado del PP Ignacio Astarloa en representación de otros 68 miembros del grupo parlamentario popular en el Congreso y fue dictada el 9 de julio del año pasado, aunque desde entonces el PP ha mantenido silencio sobre este asunto.

Cambios en la LOUA

El 11 noviembre de 2005, y tras varios años de enfrentamientos entre el Gobierno andaluz y el Ayuntamiento de Marbella dirigido por el GIL, el Parlamento andaluz aprobó una modificación de varios artículos de la LOUA para dar lugar a la retirada de las competencias en el ámbito del planeamiento urbanístico a los entes locales cuando estos incurrieran en incumplimientos graves. Días después, y en aplicación de esta flamante norma, el Gobierno andaluz inició el proceso para retirar las competencias a Marbella. Sin embargo, cuando se estaba aún pendiente de resolver las alegaciones presentadas por el ayuntamiento marbellí, se produjo la operación Malaya, la detención de gran parte de los miembros del gobierno municipal, la posterior disolución de la corporación y la puesta en marcha de una gestora, un proceso inédito hasta entonces en la democracia española y que no se ha vuelto a producir. Con posterioridad, y después de que la gestora retirara el recurso, concluyó el proceso abierto por la Junta, que conservaría las competencias de planeamiento urbanístico hasta las elecciones municipales de 2007, en las que se impuso el Partido Popular. Días antes de que Ángeles Muñoz tomara posesión de la Alcaldía, el Gobierno andaluz anunció que devolvía las competencias.

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