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A prisión con menos de dos años: las excepciones que confirman la regla

Algunos políticos han cruzado el umbral de la cárcel pese a que cumplían con los requisitos necesarios para la suspensión

A. Frías/ J. Cano

Lunes, 3 de noviembre 2014, 01:26

La suspensión de la pena es una medida de gracia de los jueces y los tribunales, no un derecho del condenado. Y aunque normalmente suelen concederla cuando se cumplen los requisitos, no siempre es así. Estas son algunas de las excepciones que confirman la regla.

Uno de los ejemplos más sonados fue el del exministro del PP y expresidente de Baleares Jaume Matas. El popular fue condenado en marzo de 2012 por la Audiencia de Palma a seis años de prisión por diversos delitos, entre ellos prevaricación, malversación y tráfico de influencias, que fueron cometidos durante su etapa de presidente autonómico mediante la contratación irregular del periodista Antonio Alemany como redactor de sus discursos.

Tras recurrir la resolución de la Audiencia, el Tribunal Supremo le rebajó sustancialmente la pena y la dejó en nueve meses de cárcel por tráfico de influencias. A finales de julio, Matas ingresaba en la prisión provincial de Segovia para cumplir la condena que le fue impuesta.

Pese a que la pena es inferior a dos años, el tribunal no aplicó la suspensión en su caso y decidió que tenía que entrar en la cárcel. A través de un auto, la sala explicó: «Estamos ante un delito cometido dentro de las estructuras de poder que las sociedades civilizadas y democráticas tratan de combatir».

El tribunal recordaba en su resolución que Matas tenía pendientes varios procesos judiciales más abiertos por asuntos relacionados con supuesta corrupción, así como que el exresponsable político no había mostrado arrepentimiento en ningún momento, aspecto clave a la hora de conceder las suspensiones.

En el artículo 80 del Código Penal, uno de los que regula la remisión condicional, se recogen los principales requisitos que debe evaluar el juez para tomar esta decisión: se atenderá a la peligrosidad criminal del sujeto, así como a la existencia de otros procedimientos penales. En el caso de Matas los había. Por ello, pese a que su entrada en prisión se paralizó por su solicitud de indulto, cuando se le denegó tuvo que cruzar el umbral de la cárcel segoviana.

'Caso Pallerols'

El exministro popular no ha sido el único político que se ha enfrentado a esta situación. La lupa de la Justicia se puso sobre Unió Democrática de Cataluña (UCD) con el 'caso Pallerols', en el que se investigó la financiación ilegal del partido. En este asunto fueron condenados, entre otros, el empresario Fidel Pallerols y el exsecretario de organización del partido Vicenç Gavaldà. En su caso, tenían que cumplir una condena de siete meses de prisión.

Pese a que la pena es inferior a dos años, la Audiencia de Barcelona tampoco suspendió la ejecución y ordenó su cumplimiento. Los magistrados de la sala afirmaron a través de un auto que era «obsceno» que eludieran la cárcel en el contexto actual de crisis. Recordaron que quedó acreditada en la condena «una actuación delictiva enmarcable en lo que coloquialmente se viene dando en denominar corrupción política a través de una trama organizada».

Pese a ello, el tribunal sí suspendió la pena temporalmente, mientras el Gobierno tramitaba la solicitud de indulto de Pallerols y Gavaldà. Cuando se les denegó, ordenó su ingreso en prisión.

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