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Un momento del pleno celebrado esta mañana.
El pleno del Ayuntamiento aprueba la bajada de impuestos municipales y el incremento de bonificaciones fiscales

El pleno del Ayuntamiento aprueba la bajada de impuestos municipales y el incremento de bonificaciones fiscales

Las novedades fiscales, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, supondrán la reducción del impuesto de plusvalía, la exención o reducción de la tasa de apertura para emprendedores autónomos y empresarios, el aumento de las ayudas al IBI para colectivos desfavorecidos, o el incremento de las bonificaciones al impuesto de Construcciones

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Martes, 13 de octubre 2015, 13:23

El pleno de Economía del Ayuntamiento de Málaga ha aprobado hoy la modificación de las Ordenanzas Fiscales de 2016, y del Reglamento de Ayudas al IBI, con 16 votos a favor y 14 abstenciones. Las novedades fiscales, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, supondrán la reducción del impuesto de plusvalía, la exención o reducción de la tasa de apertura para emprendedores autónomos y empresarios, el aumento de las ayudas al IBI para colectivos desfavorecidos, o el incremento de las bonificaciones al impuesto de Construcciones (ICIO) a fin de favorecer la accesibilidad, los parques empresariales y las explotaciones agrícolas entre otros. Asimismo, se amplían las bonificaciones en las Plusvalía, en la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos para centros educativos y en el IVTM a favor de los vehículos ecológicos.

Tarifas de la EMT y SMASSA

En lo que se refiere a las empresas EMT y SMASSA, la propuesta aprobada hoy contempla no subir ninguna de las tarifas de los autobuses urbanos, aparcamientos, SARE y grúa para 2016. Además, se incorporan dos medidas destacadas: la creación del bono anual de bus y la gratuidad de estacionamiento en zona azul para los vehículos eléctricos.

Concretamente, todas las tarifas del transporte público se mantienen igual desde 2013 y se crea una nueva tarjeta anual que iguala el precio del más barato del país, 290 euros al año y supone un descuento de casi un 40%. Con este nuevo bono anual, baja el precio medio del servicio de autobús urbano en Málaga. Asimismo, continúan las tarjetas sociales de apoyo a la creación de trabajo como son las tarjetas Ayuda Empleo, las destinadas a personas con discapacidad y las bonificadas para distintos colectivos.

Tampoco va a subir ninguno de los precios y tasas de la Sociedad Municipal de Aparcamientos, como son las tarifas de los aparcamientos de rotación, las de SARE y las de los servicios de grúa. En cuanto a los aparcamientos de rotación se congelan por cuarto año consecutivo y la zona azul mantiene las reducciones efectuadas en 2013. Como novedad, los vehículos eléctricos aparcarán gratis en el SARE.

Impacto económico

Según informa el Ayuntamiento de Málaga en una nota de prensa, las medidas aprobadas hoy supondrán para los malagueños un ahorro fiscal valorado en más de 10 millones de euros. Cifras que podrían aumentar hasta los 16 millones de euros si se tiene en cuenta el escenario y crecimiento que pueda resultar tanto del repunte de la actividad económica prevista como de los efectos inducidos que en la economía local puedan generar los beneficios fiscales que se van a aplicar.

Estos nuevos beneficios fiscales se añaden a todos los que lleva concediendo desde hace años el Ayuntamiento como, por ejemplo, en el IBI de familias numerosas o en inquilinos de VPO, bonificaciones en el IAE, ICIO e ITVM, entre otros muchos.

Las Ordenanzas Fiscales aprobadas hoy contribuyen a mantener a Málaga como una de las ciudades españolas con menor carga tributaria. Según el último estudio del Ministerio de Economía y Hacienda, la contribución ciudadana media en la ciudad de Málaga continúa en el puesto 39 de las 47 capitales de provincia analizadas y mantiene una cuota de IBI (incluyendo tasa de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos en vivienda) que la sitúa como la más barata de las capitales de más de 500.000 habitantes y también la más barata entre las capitales de provincia andaluzas.

Valores catastrales

La actualización de valores catastrales sobre los inmuebles urbanos de la ciudad en el año 2015 unido a la nueva congelación en el tipo de gravamen del IBI (se mantiene para todos los inmuebles en el 0,4510% y es uno de los más bajos de España) producirá una reducción en las cantidades a liquidar por este tributo hasta el año 2018 (fin del plazo del ajuste de los nuevos valores catastrales) de unos 90 millones de euros. Esa cantidad se suma a los 105 millones de euros que el Ayuntamiento ha dejado de cobrar desde 2009 mediante la aplicación de bonificaciones a este tributo y a los aproximadamente 80 millones que también dejó de ingresar en 2013 y 2014 como consecuencia de la reducción del tipo de gravamen un 35%.

Desde la entrada en vigor de los nuevos valores catastrales establecidos por el Gobierno para 2009, las medidas puestas en marcha por el Ayuntamiento (bonificaciones y reducción del tipo impositivo) han permitido dejar en manos de familias y empresas malagueñas una cantidad muy importante de recursos que ya se valoraron el año pasado en torno a unos 300 millones de euros entre este impuesto y el de Plusvalía.

El Ayuntamiento solicitará a la Junta de Andalucía que modifique la Orden de 25 de mayo de 2015, por la que se aprobaron los nuevos coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, dado que tras el duro proceso realizado para bajar los valores catastrales de la ciudad este año 2015 en un 22% se ha comprobado como la Junta de Andalucía, para compensar la reducción de sus ingresos imputables a dicha medida, ha subido del 1,25 al 1,35 el coeficiente de actualización de estos valores con el consiguiente perjuicio a los ciudadanos malagueños.

SE INCREMENTAN LAS AYUDAS AL PAGO DEL IBI

El Reglamento de Ayudas al IBI pretende atender a colectivos en riesgo de exclusión social o menos favorecidos de la ciudad. Como novedad en la propuesta de 2016, se ha buscado ajustar el límite de rentas al indicador oficial que ya viene incluso regulado en el IRPF para establecer rentas exentas en éste. Para ello se adapta el indicador usado hasta 2015: se sustituye el SMI por el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) que fue aprobado para este tipo de prestaciones y ayudas en julio de 2004. De este modo, se propone como límite máximo de renta el IPREM x 1,5 en vez del SMI x 1,2, lo que haría, en valores de 2015 pasar de 10.896,48 euros a 11.182,71 euros.

Cabe señalar que el límite máximo de renta impuesto por la Junta de Andalucía para este tipo de colectivos en lo que denominan Salario Mínimo Solidario se sitúa en, como máximo, 9.080,40 euros este año de 2015, por lo que el umbral máximo de renta que se propone para 2016 por el Ayuntamiento será un 23,15% más elevado que el establecido por la Junta de Andalucía.

Esta medida va a permitir que se amplíe el número de familias beneficiarias de estas ayudas al IBI que consisten en la bonificación del 50% de la cuota. Estos beneficios fiscales se otorgan a pensionistas, desempleados, menores de 30 años, titulares de pensión de gran invalidez, separados/as o divorciados/as con hijos/as menores a su cargo, viudos/as con hijos/as menores a su cargo, madres/padres solteras/os con hijos/as menores a su cargo, discapacitados/as o solicitantes con discapacitados/as a su cargo; que cumplan los requisitos económicos indicados. Y también, sin necesidad de cumplir dichos condicionantes económicos, a solicitantes con hijos/as menores de un año y víctimas de violencia de género.

Además, otra novedad para 2016 y con efecto exclusivo para dicho año, es la inclusión de un nuevo colectivo de especial atención que se beneficiará de este reglamento de ayudas: los contribuyentes que hayan abonado plusvalía mortis causa entre los años 2013 a 2014 (para compensar el mayor impacto de la revisión de los valores catastrales en la plusvalía en dichos años) y residan en 2016 en dicha vivienda. No se trata de una devolución de cuotas ya que sus liquidaciones se confeccionaron de acuerdo a la legalidad vigente en esos momentos, sino que solo tendrán que abonar la mitad de la IBI de 2016. Esta bonificación del recibo del IBI podrá incluso llegar al 100% para estos casos si además se encuentran entre los colectivos mencionados anteriormente.

Plusvalía

Respecto a este impuesto, se plantean estas acciones:

- Se baja el tipo de gravamen al 29% para todas las transmisiones en la ciudad por lo que el efecto de esta medida es de amplio calado pues afectará a todos y cada uno de los contribuyentes por el impuesto para el próximo año 2016.

Tabla de bonificaciones

  • Nueva tabla de bonificaciones

  • Viviendas de valor catastral inferior a 75.000 euros 95%

  • Viviendas con valor catastral comprendido entre 75.000 y 125.000 euros 70%

  • Viviendas con valor catastral superior a 125.000euros 15%

  • Tabla actual de bonificaciones

  • Viviendas de valor catastral inferior a 50.000 euros 90%

  • Viviendas con valor catastral comprendido entre 50.000'01 y 72.12019 euros 80%

  • Viviendas con valor catastral entre 72.120'20 y 125.000 euros 70%

  • Viviendas con valor catastral superior a 125.000 euros 25%

- Aplicación de la exención para la dación en pago en el Impuesto dirigido a colectivos afectados por incumplimientos hipotecarios que llegan a la dación en pago de la vivienda habitual.

- Se mejoran las bonificaciones en transmisiones mortis causa para las que se aplica el máximo legal permitido, el 95%, para todos los inmuebles residenciales de menos de 75.000 euros de valor catastral. Estos inmuebles son aproximadamente un 71% de todos los residenciales de la ciudad.

En concreto, se aumenta la bonificación -y la modificación de los condicionantes necesarios para disfrutarla- en las transmisiones de la propiedad o por la constitución o la transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio, de la vivienda habitual del causante, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.

Además, no se exigirá el requisito de la convivencia, hasta el momento del fallecimiento, entre la persona causante y la persona sucesora, en casos de separación judicial o de hecho entre ambos.

El número de beneficiarios estará en función de las declaraciones presentadas en el año.

Tasa de apertura de establecimientos

Otras de las medidas aprobadas para 2016 tiene que ver con la tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos, ya que no se exigirá el pago de la misma cuando el resultado de la aplicación de la tarifa resulte igual o inferior a 500 euros.

A partir de una cuota de 500,01 euros se establece un índice corrector en los términos siguientes a todos los contribuyentes:

- Cuota entre 500,01 y 1000 euros: coeficiente del 0.6 -equivale a una reducción del 40%-

- Entre 1000,01 y 3000 euros: coeficiente del 0.7 -equivale a una reducción del 30%-

- Entre 3000,01 y 5000 euros: coeficiente del 0.8 -equivale a una reducción del 20%-

- Entre 5000,01 y 10000 euros: coeficiente del 0.9 -equivale a una reducción del 10%-.

Cabe destacar que el año que viene se suprime la tasa por transmisiones de puestos en mercados municipales.

Aumentan las bonificaciones al ICIO

A la bonificación del 50% introducida para este 2015 a favor organizaciones que se acojan al régimen establecido para las entidades sin fines lucrativos a las que se refiere la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y a la también incorporada para 2015 de hasta el 25% para la mejora, ampliación o construcción de inmuebles que íntegramente se destinen al desarrollo de actividades económicas que generen empleo de carácter indefinido, se les une para 2016 cuatro más:

- 95% de bonificación para la construcción de inmuebles para residencia de refugiados y colectivos de especial atención. Máximo permitido.

- 90% de bonificación para obras e instalaciones de mejora en la accesibilidad o habitabilidad de inmuebles para personas con discapacidad. Anteriormente estaba en el 50%. Máximo legal permitido.

c) 75% de bonificación a obras de nuevos inmuebles situados en parques empresariales y polígonos, incluyendo el PTA.

- 50% de bonificación a jóvenes agricultores o ganaderos para su adaptación a la normativa sectorial comunitaria en obras e instalaciones requeridas.

El número de beneficiarios estará en función de las declaraciones presentadas en el año.

IVTM: Se amplían las bonificaciones a vehículos ecológicos

Se amplía el plazo de la aplicación de la bonificación sobre vehículos ecológicos de 1 a 5 años. La bonificación ya está en el tope máximo del 75%. Ahora se incorporarán los vehículos de tracción mecánica adaptados para su propulsión a través de la energía solar.

Facilidades de pago

Se mantiene el Flexipago en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles urbanos y rústicos, que posibilita al contribuyente elegir el número de cargos en los que quiere pagar sus recibos, sin recargos ni intereses, mediante la domiciliación bancaria, llegando incluso a poder abonarlo en 6 plazos. En todos los demás tributos, tales como el IVTM, Entrada Vehículos (vado), Basura por Actividades Económicas e IAE se mantiene el fraccionamiento de pago en dos plazos, por el 50% de la deuda tributaria, para el caso de recibos domiciliados.

Igualmente el pago de tasas ligadas a actividad económica como son las de mercados, mercadillos y quioscos, se pueden fraccionar hasta en cuatro plazos para el caso que los recibos estén domiciliados. Durante estos últimos años se han mejorado las condiciones de los fraccionamientos / aplazamientos en cuanto al incremento de la concesión de plazos en función de la deuda; así mismo se elevó el límite exento de prestación de garantía, de lo que se benefician también los contribuyentes que soliciten licencias de apertura.

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