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ESTEPONA

El TSJA confirma la sentencia sobre la improcedencia del despido de tres empleados de un servicio privatizado de Estepona

CC. OO. solicita al Ayuntamiento «que evite judicializar las relaciones labores», ya que ahora tendrá que «pagar más de 50.000 euros y las costas procesales»

Selene Vega

Viernes, 17 de mayo 2013, 13:22

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Málaga sobre la improcedencia de los despidos de tres empleados del servicio de playas que privatizó el Ayuntamiento. Ha rechazado el recurso del Consistorio, al que «condena al pago de sus salarios y de los costes procesales del recurso», según ha indicado hoy CC. OO..

El pasado 11 de enero organismo condenó al Ayuntamiento y a la Unión Temporal de Empresas 'Villa de Estepona ' a readmitir a los tres trabajadores que fueron despedidos al no ser llamados para la campaña de limpieza de playas en el año 2012. Además, el pasado 5 de marzo el mismo emitió una sentencia similar por otro trabajador que denunció lo mismo.

En el contenido de las sentencias, las demandas eran estimadas y se declaraba la improcedencia de los despidos de los tres empleados, condenando solidariamente a los demandados a la readmisión de los trabajadores en sus puestos de trabajo y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.

Desde CC.OO. han apuntado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestimó el recurso de la primera el pasado 13 de mayo. Estos tres empleados habían realizando el mantenimiento de playas desde hacía varios años.La sentencia del Juzgado de lo Social señalaba que «los trabajadores son fijos discontinuos» y además el TSJA determinó como fecha de inicio de la campaña y mantenimiento de playas los primeros días del mes de abril, según CC. OO..

Desde CC. OO. han solicitado al Ayuntamiento «que evite judicializar las relaciones labores». Insistieron en que ha perjudicado los intereses generales de los ciudadanos, «ya que en cumplimiento de la sentencia deberá abonar costes salariales en una cuantía estimada superior a 50.000 euros, a los que ahora se añade los costes procesales del recurso ante el TSJA, por una decisión ilegal que ha sido rechazada por los tribunales».

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