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MONTSE MARTÍN
Jueves, 19 de noviembre 2009, 03:12
El juicio por la muerte de Agustín, el niño de doce años que murió ahogado en la piscina del centro de menores Dulce Nombre de María en junio de 2006, ha quedado aplazado hasta que el juez determine quién era en ese momento el representante legal del niño: la Junta de Andalucía, que había decretado el desamparo, o su madre biológica, a quien le retiraron la custodia. Es decir, quién puede ejercer la acción penal. En este caso está imputado por una falta de imprudencia un cuidador del internado.
Las partes personadas en este caso (la dirección del centro de menores, las compañías aseguradoras y la propia Junta de Andalucía) solicitaron ayer al magistrado como cuestión previa que determine si la denunciante, Rocío Ávila, la madre de Agustín, puede ejercer la acción penal, ya que consideran que en el momento del fallecimiento del menor su representante legal era la Junta de Andalucía.
El abogado de la denunciante, Juan Manuel Sánchez, sostuvo todo lo contrario. Para el letrado, Rocío Ávila tenía la custodia del menor, que le fue adjudicada por un juez en la sentencia de divorcio de su marido días antes del fallecimiento de su hijo en el centro.
Ante las dudas legales planteadas, el magistrado decidió aplazar la vista oral para estudiar el asunto, que resolverá a través de un auto en los próximos días.
Sentencia de divorcio
«Esto no se puede superar en la vida», se lamentaba Rocío Ávila, que tras conocer la suspensión del juicio se quejó de no poder cerrar esta dramática historia, que comenzó cuando le retiraron la custodia del menor, según dice, por una campaña orquestada por la familia de su ex marido.
Agustín llevaba unos meses internado en el centro de menores Dulce Nombre de María cuando en junio de 2006 pereció ahogado en la piscina. El mismo día le habían comunicado a su madre que el juez le había adjudicado su custodia en la sentencia de divorcio. «Le había comprado unas zapatillas deportivas para regalárselas cuando fuera a recogerlo al centro, pero sólo pude ponérselas cuando ya estaba muerto», recordó emocionada Rocío.
La tragedia abrió algunas incógnitas: el niño sabía nadar y se ahogó en una piscina de 1,45 metros de profundidad cuando su estatura era de 1,60. La autopsia practicada al cadáver una semana después descartó la muerte violenta: Agustín se había ahogado. Sin embargo, tanto la madre como su abogado sostienen que el pequeño, que presentaba problemas de hiperactividad y conducta, podría haber sido medicado y sufrido un desvanecimiento, extremo éste que no se ha podido probar.
La Audiencia de Málaga no apreció delito en los hechos, y en septiembre pasado resolvió que el lamentable suceso no se debía a «una omisión o negligencia grave, aunque el resultado sí fuera muy grave», por lo que ordenó su enjuiciamiento por una falta de imprudencia, presuntamente cometida por un cuidador del centro.
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